Como parte del reglamento de la Ley de Movilidad Humana en
Ecuador, el país exigirá
seguro médico
obligatorio a los turistas que ingresen a partir del 10 de septiembre.
La LOMH fue aprobada por el Legislativo ecuatoriano en enero
de 2017 situando al país andino a la vanguardia del mundo ya que con esta
normativa, Ecuador se convierte en el primero de Surámerica en poner en marcha
la implementación de una medida de estas características.
El Reglamento a la Ley Orgánica de Movilidad Humana establece normas favorables no solo para los ciudadanos ecuatorianos
que se encuentran fuera de su país sino también para los extranjeros en
territorio ecuatoriano, estableciendo cambios en sus derechos y deberes.
De acuerdo a la Ley
de Movilidad Humana, en 2018, será
condición sine qua non que las personas que ingresen a Ecuador en calidad de
turistas cuenten con seguro de salud por el tiempo que se prolongue su estadía.
La exigencia de este requerimiento queda asentada en los
artículos 53 y 56 del Reglamento a la
Ley de Movilidad Humana que están vinculados a las “obligaciones de las
personas extranjeras” y a la “condición del turista”.
En ese sentido el mencionado artículo 56 de la ley señala
que, “toda persona que ingrese al país en calidad de turista deberá contar con
un seguro de salud público o privado por el tiempo de su estadía en el Ecuador,
excepto las personas que se movilicen en las zonas de integración fronteriza, según lo previsto en los instrumentos
internacionales ratificados por el Ecuador.”
La oferta turística de este país es bien amplia, con
paisajes naturales, variedad gastronómica y diversidad cultural, sin embargo a
partir de la aplicación de la Ley de
Movilidad Humana, este 2018, será oblgartorio para los turistas contar con
un seguro médico.
Al respecto las autoridades ecuatorianas aseguran que la
medida beneficia no solo al turista sino también al país porque a partir de la
implementación de esta normativa se ahorrará mucho tiempo en protocolos y
trámites. Por ejemplo, si un turista tiene un accidente y no posee seguro,
antes de la atención será necesario conocer datos cómo desde qué fecha está en
el país, por qué razanes, etc., elegir en qué hospital será atendido, entre
otras cuestiones que complejizan la emergencia. En cambio con la LOMH todo esto
puede minimizarse ya que al contar con un seguro
de viaje a Ecuador, obligatorio, los procesos se agilizan porque ya están
previamente estipulados los lugares adonde será derivada la persona, la
logística y demás requerimientos.
Con esta nueva ley queda claro que se necesita seguro para viajar a Ecuador y esta cobertura
contemplará los gastos médicos y/o hospitalarios ya sea por accidente o enfermedad;
los medicamentos recetados para el tratamiento; los traslados de emergencia en
caso de ser necesario, así como también
el reembolso de gastos si el vuelo fuera cancelado o con demora, una
indemnización por pérdida de equipaje, entre otras cuestiones claves para
cualquier viajero, sea frecuente o no.
Un punto no menor a tener en cuenta es que se toma como
"primer ingreso" al Ecuador la entrada posterior al 6 de febrero de
2017, fecha en la que se publicó el Reglamento
a la Ley Orgánica de Movilidad Humana, recién a partir de ahí comienza a
correr el año cronológico del turista extranjero con esta nueva normativa.
Con la implementación de la LOMH los viajeros necesitarán
adquirir un seguro de salud para ingresar a Ecuador que será válido en todo el país y durará la
estadía completa del turista. Para ello deberán presentar un comprobante de la
póliza a las autoridades de migración tanto de aeropuertos como de puertos o
fronteras terrestres.
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